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Antecedente de SAECA: ASICA 1967/1988
A propuesta de 6 de noviembre de 1967 del presidente de la Hermandad Sindical Nacional de Labradores y Ganaderos y jefe del Servicio Nacional de Organización se creó ASICA, Agrupación Sindical de Caución para las actividades agrarias.
Águilas (Murcia) 1967. Mujeres jornaleras en la recolección de la cosecha de tomate. Efe/Latrán
ASICA se fundó en el seno de dicha Hermandad, Corporación de Derecho Público, que había sido creada con anterioridad por Decreto de 5 de octubre de 1962 y se anotó en el Registro Central de Entidades Sindicales.
Esparza de Galar (Navarra), años 60. Limpieza y cribado de trigo. Francisco Rueda Ferrer. Secretaría General Técnica del MAPA.
Posteriormente, se aprobó el Decreto 2.869/1967, de 16 de noviembre, por el que se autorizó a ASICA la prestación de garantías en favor de los miembros agrícolas y ganaderos en materia de préstamos. El Ministerio de Hacienda ejercería las funciones de inspección o intervención que estimase necesarias.
Cantabria, años 60. Feria del ganado de La Llama. La mayoría de las reses que se venden son vacas lecheras. Efe/Lobelo
Los Estatutos de ASICA disponían que tendría personalidad jurídica independiente y duración indefinida, regulándose su disolución y liquidación del artículo 62 a 69 de los Estatutos.
Castrelo de Miños, Ourense (Galicia), años 60. Mujeres cultivando campo de maíz. Efe.
Asimismo, y de acuerdo con éstos, se preveía que la Agrupación tendría un Fondo fundacional, un Fondo de garantía y un Fondo de reserva.
Tenerife (Canarias), años 60. Embalaje de plátanos para su venta y distribución por España y extranjero. Efe.
Los Socios fundadores fueron: las Cámaras Agrarias aportando 18.415.0000 pesetas (110.676,38 euros), las Hermandades de Labradores y Ganaderos con 12.685.000 pesetas (76.238,38 euros), las Cajas Rurales con 17.525.000 pesetas (105.327,37 euros) y otros varios con una aportación total de 1.375.000 pesetas (8.263,92 euros).
Jaén (Andalucía) 1969. Limpia de la aceituna pasándola por cribas en las que la suciedad
y la tierra se quedan y el fruto se recoge en las espuertas. EFE
El RD 2.082/1979, de 6 de julio reconvierte la Agrupación Sindical de Caución para las Actividades Agrarias -ASICA- en Entidad con participación pública (BOE núm. 213 del 05/09/1979). Ello viene a establecer un nuevo régimen jurídico-legal respaldando su actuación y potenciando su operativa de futuro como entidad de caución agraria al servicio de los pequeños y medianos agricultores y ganaderos, que eran sus miembros beneficiarios.
La Mancha (Castilla-La Mancha), años 70. Un agricultor siembra cereal. Efe.
El artículo 11 de este RD preveía que el Gobierno, a propuesta conjunta de los Ministerios de Agricultura y Economía, podría acordar la disolución de la Entidad, “fijando en su caso las normas de liquidación y destino de los eventuales excedentes”.
Gandía (Valencia), 1978. Recolección de naranjas. EFE
Los Estatutos de ASICA, ratificados por el Ministerio de Economía con fecha de 29 de julio de 1980, configuraban ASICA como una entidad con participación pública, personalidad jurídica y patrimonio propios.
Riaño, León (Castilla y León), 1980. Pastor con su perro en la zona de Picos de Europa. EFE
Cuatro años más tarde, el RD 1.942/1983, de 4 de mayo, modificaba las normas reguladoras de la Asociación de Caución para las Actividades Agrarias -ASICA-, pasando a denominarse Asociación de Caución Agraria. La razón de la modificación radicó en la conveniencia de facilitar la ampliación del capital de ASICA. La ampliación se facilitaría con la aportación de un Fondo protector oficial.
Lleida (Cataluña), años 80. Explotación de viñedos emparrados. Joaquín Terán
Así, se amplió el capital social de ASICA a 350 millones de pesetas (2.103.542,37 euros), que suscribirían y aportarían, a partes iguales, el Instituto de Crédito Oficial -ICO-, el Banco de Crédito Agrícola -BCA- y el Fondo de Ordenación y Regulación de Producciones y Precios Agrarios -FORPPA-.
Teruel (Aragón), años 80. Pastor con rebaño ovino. Joaquín Terán
Cuatro años después, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo dictó sentencia de 2 de julio de 1987 (RJ/1987/5.499) en la que anuló el RD 1.942/1983, de 4 de mayo. La razón de la anulación fueron irregularidades en el procedimiento.
Asturias, años 80. Recolección de maíz. Joaquín Terán
Posteriormente, el Consejo de Ministros acordó, el 30 de diciembre de 1987, la constitución de una Sociedad Estatal para la prestación de avales y fianzas en los sectores agrario, pesquero y alimentario.
La nueva sociedad, denominada Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria -SAECA-, se constituyó el 24 de marzo de 1988.
Esta nueva sociedad ofertaría a ASICA la posibilidad de integrarse en aquella. Por los Ministerios de Economía y Hacienda y de Agricultura, Pesca y Alimentación se adoptarían las medidas necesarias para la ejecución del Acuerdo.
El 27 de diciembre de 1988 se publicó en el BOE el RD 1.548/1988, de 23 de diciembre, sobre disolución y liquidación de la Asociación de Caución para las Actividades Agrarias -ASICA- y normas de funcionamiento de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria -SAECA-. Este Real Decreto acordó la disolución de ASICA y fijó las normas para la liquidación y destino de los eventuales excedentes.
Badajoz (Extremadura), años 80. Explotación de porcino ibérico. Joaquín Terán
Al subrogarse SAECA en todos los derechos y obligaciones derivados de la actividad de ASICA, venía obligada a constituir un FONDO para hacer frente a los compromisos asumidos en virtud de dicha subrogación, de conformidad con lo establecido en el R.D. 1.548/1988, de 23 de diciembre.
Dicho Fondo, sin personalidad jurídica, independiente y en régimen de contabilidad separada, sería gestionado por SAECA, que cargaría en él los pagos por morosidad que se produjesen por cuenta de los avales de ASICA y los gastos que se originasen por la gestión de dicha cartera de avales y por los recobros de cantidades en mora.
Por otro lado, se abonarían al Fondo sus propios rendimientos y los recobros que SAECA pudiera obtener de los deudores por avales de ASICA.
Durante el ejercicio 2019 se fueron cancelando o liquidando las últimas obligaciones que, de acuerdo con la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura (heredera del IRYDA), pudieran quedar vivas.
Dos años más tarde, la Orden PCM/251/2021, de 15 de marzo, acordó la extinción del Fondo constituido para la liquidación de la Asociación de Caución para las Actividades Agrarias -ASICA-. Dictada a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y de la Ministra de Hacienda, en su Artículo Único acuerda expresamente proceder a la extinción del Fondo con efectos desde el 1 de enero de 2021, encargando a SAECA llevar a cabo, antes del 1 de julio de 2021, las operaciones materiales para la liquidación efectiva del Fondo.
En marzo de 2021 se solicitó informe a la Abogacía del Estado acerca del procedimiento material de liquidación que debía seguir SAECA en cumplimiento de la Orden PCM/251/2021.
En ejecución del citado informe, en mayo de 2021 SAECA adquiere los bienes inmuebles de ASICA por su valor neto contable.
El 31 de mayo de 2021 se liquidó el Fondo, siendo las Cuentas a mayo de 2021 auditadas por empresa auditora independiente.
Con fecha 2 de junio de 2021, el Fondo se dio de baja del inventario de entes públicos (INVENTE), comunicándose posteriormente a los aportantes necesarios la extinción y liquidación del Fondo ASICA.
La especial concepción filosófica de ASICA, basada en una acción económica y social que facilitara el acceso a los préstamos mediante su garantía a los más modestos agricultores y ganaderos, calificando como nota favorable el concepto personal y la capacidad profesional en paridad, al menos, con su solvencia económica, se mostró en su momento como un sistema válido para promocionar las estructuras y las condiciones de vida en el campo.
Este modelo de garantías mutuas profesionales evolucionó hacia el ordenamiento en el sistema jurídico-financiero español de las Sociedades de Garantía Recíproca, SGRs en el año 1978, basadas en las experiencias de otros países que como Francia o Bélgica lo venían practicando desde hacía cuatro décadas. ASICA impulsó la idea en el año 1967, adelantándose más de diez años al resto de los sectores económicos nacionales, lo que le permitió poner a disposición de sus beneficiarios el aval más accesible, cómodo y barato que entonces podía lograrse en el mercado financiero para sus beneficiarios.
El Fondo ASICA quedó definitivamente extinguido con efectos de 1 de enero de 2021, cerrándose así el último acto de la primera experiencia en actividad de garantías de nuestro país y precursora de SAECA.